Maria Jose Sanchez Sanchez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albuñol · PSOE
Cuánto gana Maria Jose Sanchez Sanchez: percibe 49.211 € brutos al año (3515 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de albuñol en Ayuntamiento De Albuñol.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albuñol
- Institución
- Ayuntamiento De Albuñol
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Albuñol
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 25.831 € más al año que la media de alcaldes (210 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Jose Sanchez Sanchez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albuñol
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 3515,05 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 49.210,73 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
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¿Cuánto gana Maria Jose Sanchez Sanchez?
Maria Jose Sanchez Sanchez percibe un sueldo bruto anual de 49.211 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albuñol en Ayuntamiento De Albuñol. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Jose Sanchez Sanchez al mes?
Maria Jose Sanchez Sanchez percibe 3515 € brutos al mes, equivalentes a 49.211 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Jose Sanchez Sanchez?
El sueldo bruto anual de Maria Jose Sanchez Sanchez (49.211 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Jose Sanchez Sanchez?
Maria Jose Sanchez Sanchez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Jose Sanchez Sanchez?
Maria Jose Sanchez Sanchez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Albuñol en Ayuntamiento De Albuñol (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .