Maria Josefa Gallego Ruiz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos · PSOE
Cuánto gana Maria Josefa Gallego Ruiz: percibe 10.450 € brutos al año (871 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de yuncos en Ayuntamiento De Yuncos.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos
- Institución
- Ayuntamiento De Yuncos
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Yuncos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.930 € menos al año que la media de alcaldes (45 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Josefa Gallego Ruiz
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 870,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 10.450,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 870,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 10.450,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Maria Josefa Gallego Ruiz?
Maria Josefa Gallego Ruiz percibe un sueldo bruto anual de 10.450 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos en Ayuntamiento De Yuncos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Josefa Gallego Ruiz al mes?
Maria Josefa Gallego Ruiz percibe 871 € brutos al mes, equivalentes a 10.450 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Josefa Gallego Ruiz?
El sueldo bruto anual de Maria Josefa Gallego Ruiz (10.450 €) equivale a 0,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Josefa Gallego Ruiz?
Maria Josefa Gallego Ruiz está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Josefa Gallego Ruiz?
Maria Josefa Gallego Ruiz ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Yuncos en Ayuntamiento De Yuncos (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .