María Luisa Castro Sancho
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Valdeavero · PSOE
Cuánto gana María Luisa Castro Sancho: percibe 34.676 € brutos al año (2477 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de valdeavero en Ayuntamiento De Valdeavero.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Valdeavero
- Institución
- Ayuntamiento De Valdeavero
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Valdeavero
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.296 € más al año que la media de alcaldes (148 %).
Sueldo y retribuciones de María Luisa Castro Sancho
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Valdeavero
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 2476,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.676,08 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
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¿Cuánto gana María Luisa Castro Sancho?
María Luisa Castro Sancho percibe un sueldo bruto anual de 34.676 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Valdeavero en Ayuntamiento De Valdeavero. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Luisa Castro Sancho al mes?
María Luisa Castro Sancho percibe 2477 € brutos al mes, equivalentes a 34.676 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Luisa Castro Sancho?
El sueldo bruto anual de María Luisa Castro Sancho (34.676 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Luisa Castro Sancho?
María Luisa Castro Sancho está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente María Luisa Castro Sancho?
María Luisa Castro Sancho ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Valdeavero en Ayuntamiento De Valdeavero (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .