Maria Luisa Gonzalez Santin
Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce · PSOE
Cuánto gana Maria Luisa Gonzalez Santin: percibe 20.907 € brutos al año (1493 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de vega de valcarce.
- Cargo
- Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce
- Partido
- PSOE
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2473 € menos al año que la media de alcaldes (89 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Luisa Gonzalez Santin
Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce
PSOE2019–2025| Salario bruto mensual | 1493,37 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.907,20 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce
PSOE2019–2025| Salario bruto mensual | 1493,37 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.907,20 € |
Dedicación Parcial
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes
Ver todos →Comparar a Maria Luisa Gonzalez Santin con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Maria Luisa Gonzalez Santin?
Maria Luisa Gonzalez Santin percibe un sueldo bruto anual de 20.907 € en 2026 como Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Luisa Gonzalez Santin al mes?
Maria Luisa Gonzalez Santin percibe 1493 € brutos al mes, equivalentes a 20.907 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Luisa Gonzalez Santin?
El sueldo bruto anual de Maria Luisa Gonzalez Santin (20.907 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Luisa Gonzalez Santin?
Maria Luisa Gonzalez Santin está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Luisa Gonzalez Santin?
Maria Luisa Gonzalez Santin ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa del Ayuntamiento de Vega de Valcarce.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .