María Sabina Hernández Fernández
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana María Sabina Hernández Fernández: percibe 37.578 € brutos al año (2684 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Almaraz.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Almaraz
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Almaraz
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.198 € más al año que la media de alcaldes (161 %).
Sueldo y retribuciones de María Sabina Hernández Fernández
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2684,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.578,42 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2684,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.578,42 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de Partido Popular
Ver todos →Otros alcaldes en Extremadura
Ver todos →Comparar a María Sabina Hernández Fernández con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana María Sabina Hernández Fernández?
María Sabina Hernández Fernández percibe un sueldo bruto anual de 37.578 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Almaraz. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Sabina Hernández Fernández al mes?
María Sabina Hernández Fernández percibe 2684 € brutos al mes, equivalentes a 37.578 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Sabina Hernández Fernández?
El sueldo bruto anual de María Sabina Hernández Fernández (37.578 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Sabina Hernández Fernández?
María Sabina Hernández Fernández está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente María Sabina Hernández Fernández?
María Sabina Hernández Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Almaraz (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .