Maria Teresa Garcia Gomez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar · PSOE
Cuánto gana Maria Teresa Garcia Gomez: percibe 39.465 € brutos al año (3289 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de jódar en Ayuntamiento De Jódar.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar
- Institución
- Ayuntamiento De Jódar
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Jódar
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.085 € más al año que la media de alcaldes (169 %).
Sueldo y retribuciones de Maria Teresa Garcia Gomez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 3288,76 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.465,12 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 3288,76 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.465,12 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Maria Teresa Garcia Gomez?
Maria Teresa Garcia Gomez percibe un sueldo bruto anual de 39.465 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar en Ayuntamiento De Jódar. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Maria Teresa Garcia Gomez al mes?
Maria Teresa Garcia Gomez percibe 3289 € brutos al mes, equivalentes a 39.465 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Maria Teresa Garcia Gomez?
El sueldo bruto anual de Maria Teresa Garcia Gomez (39.465 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Maria Teresa Garcia Gomez?
Maria Teresa Garcia Gomez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Maria Teresa Garcia Gomez?
Maria Teresa Garcia Gomez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Jódar en Ayuntamiento De Jódar (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .