María Teresa Izaguirre Irazustabarrena
Alcaldesa · PNV
Cuánto gana María Teresa Izaguirre Irazustabarrena: percibe 52.520 € brutos al año (3751 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Villabona.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Villabona
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Villabona
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 29.140 € más al año que la media de alcaldes (225 %).
Sueldo y retribuciones de María Teresa Izaguirre Irazustabarrena
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 3751,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.520,02 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 3751,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.520,02 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana María Teresa Izaguirre Irazustabarrena?
María Teresa Izaguirre Irazustabarrena percibe un sueldo bruto anual de 52.520 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Villabona. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra María Teresa Izaguirre Irazustabarrena al mes?
María Teresa Izaguirre Irazustabarrena percibe 3751 € brutos al mes, equivalentes a 52.520 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de María Teresa Izaguirre Irazustabarrena?
El sueldo bruto anual de María Teresa Izaguirre Irazustabarrena (52.520 €) equivale a 3,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es María Teresa Izaguirre Irazustabarrena?
María Teresa Izaguirre Irazustabarrena está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente María Teresa Izaguirre Irazustabarrena?
María Teresa Izaguirre Irazustabarrena ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Villabona (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .