Mariano Iglesias Castro
Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía · PSOE
Cuánto gana Mariano Iglesias Castro: percibe 43.631 € brutos al año (3116 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de mesía en Ayuntamiento De Mesía.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía
- Institución
- Ayuntamiento De Mesía
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Mesía
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 20.250 € más al año que la media de alcaldes (187 %).
Sueldo y retribuciones de Mariano Iglesias Castro
Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía
PSdeG-PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3116,47 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 43.630,59 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3311,90 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.742,78 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Mariano Iglesias Castro?
Mariano Iglesias Castro percibe un sueldo bruto anual de 43.631 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía en Ayuntamiento De Mesía. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mariano Iglesias Castro al mes?
Mariano Iglesias Castro percibe 3116 € brutos al mes, equivalentes a 43.631 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mariano Iglesias Castro?
El sueldo bruto anual de Mariano Iglesias Castro (43.631 €) equivale a 2,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mariano Iglesias Castro?
Mariano Iglesias Castro está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Mariano Iglesias Castro?
Mariano Iglesias Castro ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Mesía en Ayuntamiento De Mesía (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .