Mariano Suárez Colomo
Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga · PSOE
Cuánto gana Mariano Suárez Colomo: percibe 37.699 € brutos al año (2693 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de la cistérniga en Ayuntamiento De La Cistérniga.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga
- Institución
- Ayuntamiento De La Cistérniga
- Partido
- PSOE
- Municipio
- La Cistérniga
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.319 € más al año que la media de alcaldes (161 %).
Sueldo y retribuciones de Mariano Suárez Colomo
Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 2692,80 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.699,20 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga
PSOEHasta 2019| Salario bruto mensual | 2692,80 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 37.699,20 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Mariano Suárez Colomo?
Mariano Suárez Colomo percibe un sueldo bruto anual de 37.699 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga en Ayuntamiento De La Cistérniga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mariano Suárez Colomo al mes?
Mariano Suárez Colomo percibe 2693 € brutos al mes, equivalentes a 37.699 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mariano Suárez Colomo?
El sueldo bruto anual de Mariano Suárez Colomo (37.699 €) equivale a 2,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mariano Suárez Colomo?
Mariano Suárez Colomo está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Mariano Suárez Colomo?
Mariano Suárez Colomo ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De La Cistérniga en Ayuntamiento De La Cistérniga.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .