Mario Padilla Maldonado
Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola · Partido Popular
Cuánto gana Mario Padilla Maldonado: percibe 39.900 € brutos al año (2850 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de tíjola en Ayuntamiento De Tíjola.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola
- Institución
- Ayuntamiento De Tíjola
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Tíjola
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.520 € más al año que la media de alcaldes (171 %).
Sueldo y retribuciones de Mario Padilla Maldonado
Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2850,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.900,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 2850,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.900,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Mario Padilla Maldonado?
Mario Padilla Maldonado percibe un sueldo bruto anual de 39.900 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola en Ayuntamiento De Tíjola. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mario Padilla Maldonado al mes?
Mario Padilla Maldonado percibe 2850 € brutos al mes, equivalentes a 39.900 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mario Padilla Maldonado?
El sueldo bruto anual de Mario Padilla Maldonado (39.900 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mario Padilla Maldonado?
Mario Padilla Maldonado está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Mario Padilla Maldonado?
Mario Padilla Maldonado ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Tíjola en Ayuntamiento De Tíjola (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .