Marta Blanch Figueras
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat · SPP-AM
Cuánto gana Marta Blanch Figueras: percibe 16.612 € brutos al año (1384 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de puigpelat en Ayuntamiento De Puigpelat.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat
- Institución
- Ayuntamiento De Puigpelat
- Partido
- SPP-AM
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Puigpelat
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 6768 € menos al año que la media de alcaldes (71 %).
Sueldo y retribuciones de Marta Blanch Figueras
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat
SPP-AMEn activo| Salario bruto mensual | 1384,37 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.612,40 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat
Junts2019–2023| Salario bruto mensual | 681,25 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8175,00 € |
Sin dedicación
Otros alcaldes en Cataluña
Ver todos →Comparar a Marta Blanch Figueras con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Marta Blanch Figueras?
Marta Blanch Figueras percibe un sueldo bruto anual de 16.612 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat en Ayuntamiento De Puigpelat. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marta Blanch Figueras al mes?
Marta Blanch Figueras percibe 1384 € brutos al mes, equivalentes a 16.612 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marta Blanch Figueras?
El sueldo bruto anual de Marta Blanch Figueras (16.612 €) equivale a 1,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marta Blanch Figueras?
Marta Blanch Figueras está afiliado o vinculado a SPP-AM.
¿Qué cargo tiene actualmente Marta Blanch Figueras?
Marta Blanch Figueras ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Puigpelat en Ayuntamiento De Puigpelat (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .