Marta Martorell i Camps
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana · ERC
Cuánto gana Marta Martorell i Camps: percibe 35.800 € brutos al año (2557 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de tiana.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana
- Partido
- ERC
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 12.420 € más al año que la media de alcaldes (153 %).
Sueldo y retribuciones de Marta Martorell i Camps
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 2557,16 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.800,24 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 2557,16 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 35.800,24 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa
ERC-AM2019–2020| Salario bruto mensual | 2148,22 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 30.075,03 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Marta Martorell i Camps?
Marta Martorell i Camps percibe un sueldo bruto anual de 35.800 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marta Martorell i Camps al mes?
Marta Martorell i Camps percibe 2557 € brutos al mes, equivalentes a 35.800 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marta Martorell i Camps?
El sueldo bruto anual de Marta Martorell i Camps (35.800 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marta Martorell i Camps?
Marta Martorell i Camps está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Marta Martorell i Camps?
Marta Martorell i Camps ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tiana.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .