Marta Ortiz Martínez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió · PSOE
Cuánto gana Marta Ortiz Martínez: percibe 45.995 € brutos al año (3285 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de benifaió en Ayuntamiento De Benifaió.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió
- Institución
- Ayuntamiento De Benifaió
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Benifaió
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.615 € más al año que la media de alcaldes (197 %).
Sueldo y retribuciones de Marta Ortiz Martínez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 3285,38 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.995,33 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3241,92 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 38.903,06 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Marta Ortiz Martínez?
Marta Ortiz Martínez percibe un sueldo bruto anual de 45.995 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió en Ayuntamiento De Benifaió. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marta Ortiz Martínez al mes?
Marta Ortiz Martínez percibe 3285 € brutos al mes, equivalentes a 45.995 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marta Ortiz Martínez?
El sueldo bruto anual de Marta Ortiz Martínez (45.995 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marta Ortiz Martínez?
Marta Ortiz Martínez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Marta Ortiz Martínez?
Marta Ortiz Martínez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Benifaió en Ayuntamiento De Benifaió (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .