Marta Roqué Aubia
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars · G.I.R.
Cuánto gana Marta Roqué Aubia: percibe 20.276 € brutos al año (1448 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de rellinars en Ayuntamiento De Rellinars.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars
- Institución
- Ayuntamiento De Rellinars
- Partido
- G.I.R.
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Rellinars
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3104 € menos al año que la media de alcaldes (87 %).
Sueldo y retribuciones de Marta Roqué Aubia
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars
G.I.R.En activo| Salario bruto mensual | 1448,27 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.275,76 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación parcial.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars
G.I.R.2019–2023| Salario bruto mensual | 1315,53 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 15.786,40 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Marta Roqué Aubia?
Marta Roqué Aubia percibe un sueldo bruto anual de 20.276 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars en Ayuntamiento De Rellinars. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Marta Roqué Aubia al mes?
Marta Roqué Aubia percibe 1448 € brutos al mes, equivalentes a 20.276 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Marta Roqué Aubia?
El sueldo bruto anual de Marta Roqué Aubia (20.276 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Marta Roqué Aubia?
Marta Roqué Aubia está afiliado o vinculado a G.I.R..
¿Qué cargo tiene actualmente Marta Roqué Aubia?
Marta Roqué Aubia ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Rellinars en Ayuntamiento De Rellinars (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .