Martí Sansaloni Oliver
Alcalde Del Ayuntamiento De Petra · Partido Popular
Cuánto gana Martí Sansaloni Oliver: percibe 3675 € brutos al año (263 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de petra en Ayuntamiento De Petra.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Petra
- Institución
- Ayuntamiento De Petra
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Islas Baleares
- Municipio
- Petra
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.705 € menos al año que la media de alcaldes (16 %).
Sueldo y retribuciones de Martí Sansaloni Oliver
Alcalde Del Ayuntamiento De Petra
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 262,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3675,00 € |
| Dietas | 3675,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Petra
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 262,50 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3675,00 € |
| Dietas | 3675,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Martí Sansaloni Oliver?
Martí Sansaloni Oliver percibe un sueldo bruto anual de 3675 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Petra en Ayuntamiento De Petra. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Martí Sansaloni Oliver al mes?
Martí Sansaloni Oliver percibe 263 € brutos al mes, equivalentes a 3675 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Martí Sansaloni Oliver?
El sueldo bruto anual de Martí Sansaloni Oliver (3675 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Martí Sansaloni Oliver?
Martí Sansaloni Oliver está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Martí Sansaloni Oliver?
Martí Sansaloni Oliver ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Petra en Ayuntamiento De Petra (Islas Baleares).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .