Martín Riera Rovira
Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó · ERC
Cuánto gana Martín Riera Rovira: percibe 13.129 € brutos al año (938 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de coll de nargó en Ayuntamiento De Coll De Nargó.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó
- Institución
- Ayuntamiento De Coll De Nargó
- Partido
- ERC
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Coll De Nargó
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 10.251 € menos al año que la media de alcaldes (56 %).
Sueldo y retribuciones de Martín Riera Rovira
Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó
ERC-AMInactivo| Salario bruto mensual | 937,81 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.129,32 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó
ERC-AMInactivo| Salario bruto mensual | 937,81 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 13.129,32 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Martín Riera Rovira?
Martín Riera Rovira percibe un sueldo bruto anual de 13.129 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó en Ayuntamiento De Coll De Nargó. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Martín Riera Rovira al mes?
Martín Riera Rovira percibe 938 € brutos al mes, equivalentes a 13.129 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Martín Riera Rovira?
El sueldo bruto anual de Martín Riera Rovira (13.129 €) equivale a 0,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Martín Riera Rovira?
Martín Riera Rovira está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Martín Riera Rovira?
Martín Riera Rovira ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Coll De Nargó en Ayuntamiento De Coll De Nargó (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .