Mercedes López Carrión
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío · PSOE
Cuánto gana Mercedes López Carrión: percibe 22.095 € brutos al año (1578 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de campofrío en Ayuntamiento De Campofrío.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío
- Institución
- Ayuntamiento De Campofrío
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Campofrío
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 1286 € menos al año que la media de alcaldes (95 %).
Sueldo y retribuciones de Mercedes López Carrión
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío
PSOE-AEn activo| Salario bruto mensual | 1578,19 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 22.094,60 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 0,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Mercedes López Carrión?
Mercedes López Carrión percibe un sueldo bruto anual de 22.095 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío en Ayuntamiento De Campofrío. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mercedes López Carrión al mes?
Mercedes López Carrión percibe 1578 € brutos al mes, equivalentes a 22.095 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mercedes López Carrión?
El sueldo bruto anual de Mercedes López Carrión (22.095 €) equivale a 1,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mercedes López Carrión?
Mercedes López Carrión está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Mercedes López Carrión?
Mercedes López Carrión ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Campofrío en Ayuntamiento De Campofrío (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .