Mikel Serrano Aperribay
Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga · PSOE
Cuánto gana Mikel Serrano Aperribay: percibe 70.136 € brutos al año (5010 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de zumarraga en Ayuntamiento De Zumarraga.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga
- Institución
- Ayuntamiento De Zumarraga
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Zumarraga
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 46.756 € más al año que la media de alcaldes (300 %).
Sueldo y retribuciones de Mikel Serrano Aperribay
Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga
PSE-EE (PSOE)En activo| Salario bruto mensual | 5009,72 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 70.136,08 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga
PSE-EE (PSOE)2019–2023| Salario bruto mensual | 5474,82 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 65.697,80 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Mikel Serrano Aperribay?
Mikel Serrano Aperribay percibe un sueldo bruto anual de 70.136 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga en Ayuntamiento De Zumarraga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mikel Serrano Aperribay al mes?
Mikel Serrano Aperribay percibe 5010 € brutos al mes, equivalentes a 70.136 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mikel Serrano Aperribay?
El sueldo bruto anual de Mikel Serrano Aperribay (70.136 €) equivale a 4,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mikel Serrano Aperribay?
Mikel Serrano Aperribay está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Mikel Serrano Aperribay?
Mikel Serrano Aperribay ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Zumarraga en Ayuntamiento De Zumarraga (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .