Mingo Sabanés Porta
Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre · ERC
Cuánto gana Mingo Sabanés Porta: percibe 4570 € brutos al año (381 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de artesa de segre en Ayuntamiento De Artesa De Segre.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre
- Institución
- Ayuntamiento De Artesa De Segre
- Partido
- ERC
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Artesa De Segre
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Cobra 18.810 € menos al año que la media de alcaldes (20 %).
Sueldo y retribuciones de Mingo Sabanés Porta
Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre
ERC-AM2019–2023| Salario bruto mensual | 380,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4570,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre
ERC-AM2019–2023| Salario bruto mensual | 380,83 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 4570,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Mingo Sabanés Porta?
Mingo Sabanés Porta percibe un sueldo bruto anual de 4570 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre en Ayuntamiento De Artesa De Segre. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mingo Sabanés Porta al mes?
Mingo Sabanés Porta percibe 381 € brutos al mes, equivalentes a 4570 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mingo Sabanés Porta?
El sueldo bruto anual de Mingo Sabanés Porta (4570 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mingo Sabanés Porta?
Mingo Sabanés Porta está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Mingo Sabanés Porta?
Mingo Sabanés Porta ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Artesa De Segre en Ayuntamiento De Artesa De Segre (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .