Miquel Riera Rey
Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat · BO-ECG
Cuánto gana Miquel Riera Rey: percibe 51.459 € brutos al año (4288 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de olesa de montserrat en Ayuntamiento De Olesa De Montserrat.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat
- Institución
- Ayuntamiento De Olesa De Montserrat
- Partido
- BO-ECG
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Olesa De Montserrat
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 28.079 € más al año que la media de alcaldes (220 %).
Sueldo y retribuciones de Miquel Riera Rey
Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat
BO-ECG2019–2023| Salario bruto mensual | 4288,26 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 51.459,10 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat
BO-ECG2019–2023| Salario bruto mensual | 4288,26 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 51.459,10 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Miquel Riera Rey?
Miquel Riera Rey percibe un sueldo bruto anual de 51.459 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat en Ayuntamiento De Olesa De Montserrat. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Miquel Riera Rey al mes?
Miquel Riera Rey percibe 4288 € brutos al mes, equivalentes a 51.459 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Miquel Riera Rey?
El sueldo bruto anual de Miquel Riera Rey (51.459 €) equivale a 3,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Miquel Riera Rey?
Miquel Riera Rey está afiliado o vinculado a BO-ECG.
¿Qué cargo tiene actualmente Miquel Riera Rey?
Miquel Riera Rey ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Olesa De Montserrat en Ayuntamiento De Olesa De Montserrat (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .