Miren Koldobike Olabide Huelga
Alcaldesa · PNV
Cuánto gana Miren Koldobike Olabide Huelga: percibe 52.922 € brutos al año (3780 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Legazpi.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Legazpi
- Partido
- PNV
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Legazpi
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 29.542 € más al año que la media de alcaldes (226 %).
Sueldo y retribuciones de Miren Koldobike Olabide Huelga
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 3780,16 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.922,22 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
EAJ-PNVInactivo| Salario bruto mensual | 3780,16 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 52.922,22 € |
Dedicación Exclusiva
Otros políticos de PNV
Ver todos →Otros alcaldes en País Vasco
Ver todos →Comparar a Miren Koldobike Olabide Huelga con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Miren Koldobike Olabide Huelga?
Miren Koldobike Olabide Huelga percibe un sueldo bruto anual de 52.922 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Legazpi. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Miren Koldobike Olabide Huelga al mes?
Miren Koldobike Olabide Huelga percibe 3780 € brutos al mes, equivalentes a 52.922 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Miren Koldobike Olabide Huelga?
El sueldo bruto anual de Miren Koldobike Olabide Huelga (52.922 €) equivale a 3,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Miren Koldobike Olabide Huelga?
Miren Koldobike Olabide Huelga está afiliado o vinculado a PNV.
¿Qué cargo tiene actualmente Miren Koldobike Olabide Huelga?
Miren Koldobike Olabide Huelga ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Legazpi (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .