Mitxel Arizcorreta Baron
Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga · AAT
Cuánto gana Mitxel Arizcorreta Baron: percibe 6427 € brutos al año (459 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de altzaga en Ayuntamiento De Altzaga.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga
- Institución
- Ayuntamiento De Altzaga
- Partido
- AAT
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Altzaga
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 16.953 € menos al año que la media de alcaldes (27 %).
Sueldo y retribuciones de Mitxel Arizcorreta Baron
Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga
AATInactivo| Salario bruto mensual | 459,05 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6426,70 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga
AATInactivo| Salario bruto mensual | 459,05 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 6426,70 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Mitxel Arizcorreta Baron?
Mitxel Arizcorreta Baron percibe un sueldo bruto anual de 6427 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga en Ayuntamiento De Altzaga. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Mitxel Arizcorreta Baron al mes?
Mitxel Arizcorreta Baron percibe 459 € brutos al mes, equivalentes a 6427 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Mitxel Arizcorreta Baron?
El sueldo bruto anual de Mitxel Arizcorreta Baron (6427 €) equivale a 0,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Mitxel Arizcorreta Baron?
Mitxel Arizcorreta Baron está afiliado o vinculado a AAT.
¿Qué cargo tiene actualmente Mitxel Arizcorreta Baron?
Mitxel Arizcorreta Baron ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Altzaga en Ayuntamiento De Altzaga (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .