Monica Rodriguez Ordoñez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo · PSOE
Cuánto gana Monica Rodriguez Ordoñez: percibe 5550 € brutos al año (396 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de vimianzo en Ayuntamiento De Vimianzo.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo
- Institución
- Ayuntamiento De Vimianzo
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Galicia
- Municipio
- Vimianzo
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 17.830 € menos al año que la media de alcaldes (24 %).
Sueldo y retribuciones de Monica Rodriguez Ordoñez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo
PSdeG-PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 396,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 5550,00 € |
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo
PSdeG-PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3666,67 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 44.000,04 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Monica Rodriguez Ordoñez?
Monica Rodriguez Ordoñez percibe un sueldo bruto anual de 5550 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo en Ayuntamiento De Vimianzo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Monica Rodriguez Ordoñez al mes?
Monica Rodriguez Ordoñez percibe 396 € brutos al mes, equivalentes a 5550 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Monica Rodriguez Ordoñez?
El sueldo bruto anual de Monica Rodriguez Ordoñez (5550 €) equivale a 0,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Monica Rodriguez Ordoñez?
Monica Rodriguez Ordoñez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Monica Rodriguez Ordoñez?
Monica Rodriguez Ordoñez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Vimianzo en Ayuntamiento De Vimianzo (Galicia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .