Montse Perelló Margalef
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa · ARA Sí-AM
Cuánto gana Montse Perelló Margalef: percibe 600 € brutos al año (43 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de tivissa.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa
- Partido
- ARA Sí-AM
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Cobra 22.780 € menos al año que la media de alcaldes (3 %).
Sueldo y retribuciones de Montse Perelló Margalef
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa
ARA Sí-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 42,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 600,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa
ARA Sí-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 42,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 600,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
ARA Sí-AM2019–2020| Salario bruto mensual | 33,89 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 474,50 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Montse Perelló Margalef?
Montse Perelló Margalef percibe un sueldo bruto anual de 600 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Montse Perelló Margalef al mes?
Montse Perelló Margalef percibe 43 € brutos al mes, equivalentes a 600 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Montse Perelló Margalef?
El sueldo bruto anual de Montse Perelló Margalef (600 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Montse Perelló Margalef?
Montse Perelló Margalef está afiliado o vinculado a ARA Sí-AM.
¿Qué cargo tiene actualmente Montse Perelló Margalef?
Montse Perelló Margalef ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Tivissa.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .