Montserrat Mindan Cortada
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses · Junts per Catalunya
Cuánto gana Montserrat Mindan Cortada: percibe 50.353 € brutos al año (4196 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de roses en Ayuntamiento De Roses.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses
- Institución
- Ayuntamiento De Roses
- Partido
- Junts per Catalunya
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Roses
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 26.973 € más al año que la media de alcaldes (215 %).
Sueldo y retribuciones de Montserrat Mindan Cortada
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses
JxCAT-JUNTS2019–2023| Salario bruto mensual | 4196,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 50.352,72 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses
JxCAT-JUNTS2019–2023| Salario bruto mensual | 4196,06 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 50.352,72 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Montserrat Mindan Cortada?
Montserrat Mindan Cortada percibe un sueldo bruto anual de 50.353 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses en Ayuntamiento De Roses. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Montserrat Mindan Cortada al mes?
Montserrat Mindan Cortada percibe 4196 € brutos al mes, equivalentes a 50.353 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Montserrat Mindan Cortada?
El sueldo bruto anual de Montserrat Mindan Cortada (50.353 €) equivale a 2,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Montserrat Mindan Cortada?
Montserrat Mindan Cortada está afiliado o vinculado a Junts per Catalunya.
¿Qué cargo tiene actualmente Montserrat Mindan Cortada?
Montserrat Mindan Cortada ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Roses en Ayuntamiento De Roses (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .