Natalia Núñez Jiménez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cenicientos · PSOE
Cuánto gana Natalia Núñez Jiménez: percibe 36.400 € brutos al año (2600 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de cenicientos en Ayuntamiento De Cenicientos.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cenicientos
- Institución
- Ayuntamiento De Cenicientos
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad de Madrid
- Municipio
- Cenicientos
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 13.020 € más al año que la media de alcaldes (156 %).
Sueldo y retribuciones de Natalia Núñez Jiménez
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cenicientos
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 2600,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 36.400,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcaldesa
PSOE2019–2020| Salario bruto mensual | 3586,01 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 50.204,18 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Natalia Núñez Jiménez?
Natalia Núñez Jiménez percibe un sueldo bruto anual de 36.400 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cenicientos en Ayuntamiento De Cenicientos. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Natalia Núñez Jiménez al mes?
Natalia Núñez Jiménez percibe 2600 € brutos al mes, equivalentes a 36.400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Natalia Núñez Jiménez?
El sueldo bruto anual de Natalia Núñez Jiménez (36.400 €) equivale a 2,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Natalia Núñez Jiménez?
Natalia Núñez Jiménez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Natalia Núñez Jiménez?
Natalia Núñez Jiménez ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Cenicientos en Ayuntamiento De Cenicientos (Comunidad de Madrid).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .