Natalia Quintana Serrano
Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo · Partido Popular
Cuánto gana Natalia Quintana Serrano: percibe 43.079 € brutos al año en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de el álamo.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.699 € más al año que la media de alcaldes (184 %).
Sueldo y retribuciones de Natalia Quintana Serrano
Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo
PPDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 43.078,80 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo
PPDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 43.078,80 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Álamo El
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 3395,97 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 40.751,67 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Natalia Quintana Serrano?
Natalia Quintana Serrano percibe un sueldo bruto anual de 43.079 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Natalia Quintana Serrano?
El sueldo bruto anual de Natalia Quintana Serrano (43.079 €) equivale a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Natalia Quintana Serrano?
Natalia Quintana Serrano está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Natalia Quintana Serrano?
Natalia Quintana Serrano ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De El Álamo.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .