Noelia Garrigos Simón
Alcaldesa · PSOE
Cuánto gana Noelia Garrigos Simón: percibe 8400 € brutos al año (600 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Balazote.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Balazote
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Balazote
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 14.980 € menos al año que la media de alcaldes (36 %).
Sueldo y retribuciones de Noelia Garrigos Simón
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 600,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8400,00 € |
| Dietas | 8400,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 600,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8400,00 € |
| Dietas | 8400,00 € |
Sin dedicación
Otros políticos de PSOE
Ver todos →Otros alcaldes en Castilla-La Mancha
Ver todos →Comparar a Noelia Garrigos Simón con…
Ver todas las comparativas →Preguntas frecuentes
¿Cuánto gana Noelia Garrigos Simón?
Noelia Garrigos Simón percibe un sueldo bruto anual de 8400 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Balazote. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Noelia Garrigos Simón al mes?
Noelia Garrigos Simón percibe 600 € brutos al mes, equivalentes a 8400 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Noelia Garrigos Simón?
El sueldo bruto anual de Noelia Garrigos Simón (8400 €) equivale a 0,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Noelia Garrigos Simón?
Noelia Garrigos Simón está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Noelia Garrigos Simón?
Noelia Garrigos Simón ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Balazote (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .