Noemi Bastias Codina
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau · IV-IdSelva
Cuánto gana Noemi Bastias Codina: percibe 20.020 € brutos al año (1668 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de viladrau en Ayuntamiento De Viladrau.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau
- Institución
- Ayuntamiento De Viladrau
- Partido
- IV-IdSelva
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Viladrau
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3360 € menos al año que la media de alcaldes (86 %).
Sueldo y retribuciones de Noemi Bastias Codina
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau
IV-IdSelva2019–2023| Salario bruto mensual | 1668,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.020,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau
IV-IdSelva2019–2023| Salario bruto mensual | 1668,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.020,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Noemi Bastias Codina?
Noemi Bastias Codina percibe un sueldo bruto anual de 20.020 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau en Ayuntamiento De Viladrau. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Noemi Bastias Codina al mes?
Noemi Bastias Codina percibe 1668 € brutos al mes, equivalentes a 20.020 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Noemi Bastias Codina?
El sueldo bruto anual de Noemi Bastias Codina (20.020 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Noemi Bastias Codina?
Noemi Bastias Codina está afiliado o vinculado a IV-IdSelva.
¿Qué cargo tiene actualmente Noemi Bastias Codina?
Noemi Bastias Codina ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Viladrau en Ayuntamiento De Viladrau (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .