Oscar Ancares Valin
Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña · PSOE
Cuánto gana Oscar Ancares Valin: percibe 345 € brutos al año (25 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de degaña en Ayuntamiento De Degaña.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña
- Institución
- Ayuntamiento De Degaña
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Degaña
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.035 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Oscar Ancares Valin
Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 24,64 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 345,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Sin dedicación.
Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 21,25 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 255,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Oscar Ancares Valin?
Oscar Ancares Valin percibe un sueldo bruto anual de 345 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña en Ayuntamiento De Degaña. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Oscar Ancares Valin al mes?
Oscar Ancares Valin percibe 25 € brutos al mes, equivalentes a 345 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Oscar Ancares Valin?
El sueldo bruto anual de Oscar Ancares Valin (345 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Oscar Ancares Valin?
Oscar Ancares Valin está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Oscar Ancares Valin?
Oscar Ancares Valin ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Degaña en Ayuntamiento De Degaña (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .