Oscar Díaz Hernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel · PSOE
Cuánto gana Oscar Díaz Hernández: percibe 1121 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de alconchel en Ayuntamiento De Alconchel.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel
- Institución
- Ayuntamiento De Alconchel
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Alconchel
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.259 € menos al año que la media de alcaldes (5 %).
Sueldo y retribuciones de Oscar Díaz Hernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel
PSOEEn activo| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 1121,40 € |
El Ayuntamiento no ha remitido información sobre las retribuciones en el año 2024 (ISPA 2025). El salario mostrado se corresponde al remitido por el municipio en el ISPA 2023.
Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 68,74 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 824,86 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Oscar Díaz Hernández?
Oscar Díaz Hernández percibe un sueldo bruto anual de 1121 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel en Ayuntamiento De Alconchel. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Oscar Díaz Hernández?
El sueldo bruto anual de Oscar Díaz Hernández (1121 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Oscar Díaz Hernández?
Oscar Díaz Hernández está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Oscar Díaz Hernández?
Oscar Díaz Hernández ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Alconchel en Ayuntamiento De Alconchel (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .