Óscar San Juan García
Alcalde Del Ayuntamiento De Casla · Partido Popular
Cuánto gana Óscar San Juan García: percibe 100 € brutos al año (7 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de casla en Ayuntamiento De Casla.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Casla
- Institución
- Ayuntamiento De Casla
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Casla
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.280 € menos al año que la media de alcaldes (0 %).
Sueldo y retribuciones de Óscar San Juan García
Alcalde Del Ayuntamiento De Casla
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 7,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 100,00 € |
| Dietas | 100,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Casla
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 7,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 100,00 € |
| Dietas | 100,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Óscar San Juan García?
Óscar San Juan García percibe un sueldo bruto anual de 100 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Casla en Ayuntamiento De Casla. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Óscar San Juan García al mes?
Óscar San Juan García percibe 7 € brutos al mes, equivalentes a 100 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Óscar San Juan García?
El sueldo bruto anual de Óscar San Juan García (100 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Óscar San Juan García?
Óscar San Juan García está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Óscar San Juan García?
Óscar San Juan García ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Casla en Ayuntamiento De Casla (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .