Paco Salom Salom
Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent · Compromís
Cuánto gana Paco Salom Salom: percibe 45.770 € brutos al año (3269 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de carcaixent en Ayuntamiento De Carcaixent.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent
- Institución
- Ayuntamiento De Carcaixent
- Partido
- Compromís
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Carcaixent
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.390 € más al año que la media de alcaldes (196 %).
Sueldo y retribuciones de Paco Salom Salom
Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent
CompromísInactivo| Salario bruto mensual | 3269,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.770,16 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent
CompromísInactivo| Salario bruto mensual | 3269,30 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 45.770,16 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Paco Salom Salom?
Paco Salom Salom percibe un sueldo bruto anual de 45.770 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent en Ayuntamiento De Carcaixent. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Paco Salom Salom al mes?
Paco Salom Salom percibe 3269 € brutos al mes, equivalentes a 45.770 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Paco Salom Salom?
El sueldo bruto anual de Paco Salom Salom (45.770 €) equivale a 2,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Paco Salom Salom?
Paco Salom Salom está afiliado o vinculado a Compromís.
¿Qué cargo tiene actualmente Paco Salom Salom?
Paco Salom Salom ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Carcaixent en Ayuntamiento De Carcaixent (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .