Patricia Fernández López
Alcaldesa · Partido Popular
Cuánto gana Patricia Fernández López: percibe 47.759 € brutos al año (3411 € al mes) en 2026 como alcaldesa en Ayuntamiento De Archena.
- Cargo
- Alcaldesa
- Institución
- Ayuntamiento De Archena
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Región de Murcia
- Municipio
- Archena
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 24.379 € más al año que la media de alcaldes (204 %).
Sueldo y retribuciones de Patricia Fernández López
Alcaldesa
Partido PopularDesde 2019| Salario bruto mensual | 3411,34 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.758,77 € |
Dedicación al 90%
Alcaldesa
Partido PopularDesde 2019| Salario bruto mensual | 3411,34 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.758,77 € |
Dedicación al 90%
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¿Cuánto gana Patricia Fernández López?
Patricia Fernández López percibe un sueldo bruto anual de 47.759 € en 2026 como Alcaldesa en Ayuntamiento De Archena. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Patricia Fernández López al mes?
Patricia Fernández López percibe 3411 € brutos al mes, equivalentes a 47.759 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Patricia Fernández López?
El sueldo bruto anual de Patricia Fernández López (47.759 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Patricia Fernández López?
Patricia Fernández López está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Patricia Fernández López?
Patricia Fernández López ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa en Ayuntamiento De Archena (Región de Murcia).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .