Patricio Martínez Cedrún
Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero · Partido Popular
Cuánto gana Patricio Martínez Cedrún: percibe 27.924 € brutos al año en 2026 como alcalde del ayuntamiento de ampuero.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero
- Partido
- Partido Popular
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 4544 € más al año que la media de alcaldes (119 %).
Sueldo y retribuciones de Patricio Martínez Cedrún
Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero
PPDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.923,70 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero
PPDesde 2023| Salario bruto mensual | 0,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 27.923,70 € |
El salario corresponde a su precedesor/a en el mismo cargo con la información que aportó el año 2023 al ISPA y en exclusiva
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¿Cuánto gana Patricio Martínez Cedrún?
Patricio Martínez Cedrún percibe un sueldo bruto anual de 27.924 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Patricio Martínez Cedrún?
El sueldo bruto anual de Patricio Martínez Cedrún (27.924 €) equivale a 1,6 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Patricio Martínez Cedrún?
Patricio Martínez Cedrún está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Patricio Martínez Cedrún?
Patricio Martínez Cedrún ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Ampuero.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .