Patrocini Canal Burniol
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià · SA
Cuánto gana Patrocini Canal Burniol: percibe 34.848 € brutos al año (2489 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de avià en Ayuntamiento De Avià.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià
- Institución
- Ayuntamiento De Avià
- Partido
- SA
- Comunidad
- Cataluña
- Municipio
- Avià
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.468 € más al año que la media de alcaldes (149 %).
Sueldo y retribuciones de Patrocini Canal Burniol
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià
SAEn activo| Salario bruto mensual | 2489,14 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 34.848,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià
SA2019–2023| Salario bruto mensual | 1059,45 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.713,40 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Patrocini Canal Burniol?
Patrocini Canal Burniol percibe un sueldo bruto anual de 34.848 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià en Ayuntamiento De Avià. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Patrocini Canal Burniol al mes?
Patrocini Canal Burniol percibe 2489 € brutos al mes, equivalentes a 34.848 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Patrocini Canal Burniol?
El sueldo bruto anual de Patrocini Canal Burniol (34.848 €) equivale a 2,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Patrocini Canal Burniol?
Patrocini Canal Burniol está afiliado o vinculado a SA.
¿Qué cargo tiene actualmente Patrocini Canal Burniol?
Patrocini Canal Burniol ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Avià en Ayuntamiento De Avià (Cataluña).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .