Paula Cruz Aranda
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón · AV
Cuánto gana Paula Cruz Aranda: percibe 20.300 € brutos al año (1450 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de ainzón en Ayuntamiento De Ainzón.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón
- Institución
- Ayuntamiento De Ainzón
- Partido
- AV
- Comunidad
- Aragón
- Municipio
- Ainzón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 3080 € menos al año que la media de alcaldes (87 %).
Sueldo y retribuciones de Paula Cruz Aranda
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón
AVEn activo| Salario bruto mensual | 1450,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 20.300,00 € |
Retribución percibida por el regidor en 2024, según la información indicada por el Ayuntamiento en el ISPA 2025. Dedicación exclusiva.
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón
A V2019–2023| Salario bruto mensual | 1400,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.800,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Paula Cruz Aranda?
Paula Cruz Aranda percibe un sueldo bruto anual de 20.300 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón en Ayuntamiento De Ainzón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Paula Cruz Aranda al mes?
Paula Cruz Aranda percibe 1450 € brutos al mes, equivalentes a 20.300 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Paula Cruz Aranda?
El sueldo bruto anual de Paula Cruz Aranda (20.300 €) equivale a 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Paula Cruz Aranda?
Paula Cruz Aranda está afiliado o vinculado a AV.
¿Qué cargo tiene actualmente Paula Cruz Aranda?
Paula Cruz Aranda ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Ainzón en Ayuntamiento De Ainzón (Aragón).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .