Pedro Gomez Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte · Partido Popular
Cuánto gana Pedro Gomez Sanchez: percibe 16.170 € brutos al año (1155 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de casas del monte en Ayuntamiento De Casas Del Monte.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte
- Institución
- Ayuntamiento De Casas Del Monte
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Extremadura
- Municipio
- Casas Del Monte
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7210 € menos al año que la media de alcaldes (69 %).
Sueldo y retribuciones de Pedro Gomez Sanchez
Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte
PPEn activo| Salario bruto mensual | 1155,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.170,00 € |
Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1345,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.140,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Pedro Gomez Sanchez?
Pedro Gomez Sanchez percibe un sueldo bruto anual de 16.170 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte en Ayuntamiento De Casas Del Monte. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pedro Gomez Sanchez al mes?
Pedro Gomez Sanchez percibe 1155 € brutos al mes, equivalentes a 16.170 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pedro Gomez Sanchez?
El sueldo bruto anual de Pedro Gomez Sanchez (16.170 €) equivale a 0,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pedro Gomez Sanchez?
Pedro Gomez Sanchez está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Pedro Gomez Sanchez?
Pedro Gomez Sanchez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Casas Del Monte en Ayuntamiento De Casas Del Monte (Extremadura).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .