Pedro Maria Estanga Lasa
Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta · EH Bildu
Cuánto gana Pedro Maria Estanga Lasa: percibe 39.032 € brutos al año (3253 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de anoeta en Ayuntamiento De Anoeta.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta
- Institución
- Ayuntamiento De Anoeta
- Partido
- EH Bildu
- Comunidad
- País Vasco
- Municipio
- Anoeta
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 15.652 € más al año que la media de alcaldes (167 %).
Sueldo y retribuciones de Pedro Maria Estanga Lasa
Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 3252,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.031,86 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta
EH Bildu2019–2023| Salario bruto mensual | 3252,66 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 39.031,86 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Pedro Maria Estanga Lasa?
Pedro Maria Estanga Lasa percibe un sueldo bruto anual de 39.032 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta en Ayuntamiento De Anoeta. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pedro Maria Estanga Lasa al mes?
Pedro Maria Estanga Lasa percibe 3253 € brutos al mes, equivalentes a 39.032 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pedro Maria Estanga Lasa?
El sueldo bruto anual de Pedro Maria Estanga Lasa (39.032 €) equivale a 2,3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pedro Maria Estanga Lasa?
Pedro Maria Estanga Lasa está afiliado o vinculado a EH Bildu.
¿Qué cargo tiene actualmente Pedro Maria Estanga Lasa?
Pedro Maria Estanga Lasa ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Anoeta en Ayuntamiento De Anoeta (País Vasco).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .