Pedro Sánchez Calderón
Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales · Partido Popular
Cuánto gana Pedro Sánchez Calderón: percibe 230 € brutos al año (16 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de lumbrales en Ayuntamiento De Lumbrales.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales
- Institución
- Ayuntamiento De Lumbrales
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Lumbrales
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.150 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Pedro Sánchez Calderón
Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 16,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 230,00 € |
| Dietas | 230,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales
Partido PopularInactivo| Salario bruto mensual | 16,43 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 230,00 € |
| Dietas | 230,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Pedro Sánchez Calderón?
Pedro Sánchez Calderón percibe un sueldo bruto anual de 230 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales en Ayuntamiento De Lumbrales. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pedro Sánchez Calderón al mes?
Pedro Sánchez Calderón percibe 16 € brutos al mes, equivalentes a 230 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pedro Sánchez Calderón?
El sueldo bruto anual de Pedro Sánchez Calderón (230 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pedro Sánchez Calderón?
Pedro Sánchez Calderón está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Pedro Sánchez Calderón?
Pedro Sánchez Calderón ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Lumbrales en Ayuntamiento De Lumbrales (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .