Pilar García Carrasco
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El · PSOE
Cuánto gana Pilar García Carrasco: percibe 23.800 € brutos al año (1983 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de bosque el en Ayuntamiento De Bosque El.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El
- Institución
- Ayuntamiento De Bosque El
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Andalucía
- Municipio
- Bosque El
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 420 € más al año que la media de alcaldes (102 %).
Sueldo y retribuciones de Pilar García Carrasco
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 1983,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.800,00 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El
PSOE-A2019–2023| Salario bruto mensual | 1983,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 23.800,00 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Pilar García Carrasco?
Pilar García Carrasco percibe un sueldo bruto anual de 23.800 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El en Ayuntamiento De Bosque El. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pilar García Carrasco al mes?
Pilar García Carrasco percibe 1983 € brutos al mes, equivalentes a 23.800 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pilar García Carrasco?
El sueldo bruto anual de Pilar García Carrasco (23.800 €) equivale a 1,4 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pilar García Carrasco?
Pilar García Carrasco está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Pilar García Carrasco?
Pilar García Carrasco ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Bosque El en Ayuntamiento De Bosque El (Andalucía).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .