Pilar Teresa Sarrion Ponce
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna · PSOE
Cuánto gana Pilar Teresa Sarrion Ponce: percibe 300 € brutos al año (25 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de anna en Ayuntamiento De Anna.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna
- Institución
- Ayuntamiento De Anna
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Anna
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.080 € menos al año que la media de alcaldes (1 %).
Sueldo y retribuciones de Pilar Teresa Sarrion Ponce
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 25,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 300,00 € |
Sin dedicación
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 25,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 300,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Pilar Teresa Sarrion Ponce?
Pilar Teresa Sarrion Ponce percibe un sueldo bruto anual de 300 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna en Ayuntamiento De Anna. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pilar Teresa Sarrion Ponce al mes?
Pilar Teresa Sarrion Ponce percibe 25 € brutos al mes, equivalentes a 300 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pilar Teresa Sarrion Ponce?
El sueldo bruto anual de Pilar Teresa Sarrion Ponce (300 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pilar Teresa Sarrion Ponce?
Pilar Teresa Sarrion Ponce está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Pilar Teresa Sarrion Ponce?
Pilar Teresa Sarrion Ponce ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Anna en Ayuntamiento De Anna (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .