Pol Pagès i Pont
Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona · ERC
Cuánto gana Pol Pagès i Pont: percibe 16.000 € brutos al año (1143 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de sant quintí de mediona.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona
- Partido
- ERC
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 7380 € menos al año que la media de alcaldes (68 %).
Sueldo y retribuciones de Pol Pagès i Pont
Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 1142,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona
ERC-AMDesde 2020| Salario bruto mensual | 1142,86 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 16.000,00 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona
ERC-AM2019–2020| Salario bruto mensual | 577,71 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 8087,91 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Pol Pagès i Pont?
Pol Pagès i Pont percibe un sueldo bruto anual de 16.000 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Pol Pagès i Pont al mes?
Pol Pagès i Pont percibe 1143 € brutos al mes, equivalentes a 16.000 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Pol Pagès i Pont?
El sueldo bruto anual de Pol Pagès i Pont (16.000 €) equivale a 0,9 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Pol Pagès i Pont?
Pol Pagès i Pont está afiliado o vinculado a ERC.
¿Qué cargo tiene actualmente Pol Pagès i Pont?
Pol Pagès i Pont ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Sant Quintí De Mediona.
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .