Porfirio Diez Casado
Alcalde Del Ayuntamiento De Burón · Partido Popular
Cuánto gana Porfirio Diez Casado: percibe 3437 € brutos al año (286 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de burón en Ayuntamiento De Burón.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Burón
- Institución
- Ayuntamiento De Burón
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Burón
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 19.943 € menos al año que la media de alcaldes (15 %).
Sueldo y retribuciones de Porfirio Diez Casado
Alcalde Del Ayuntamiento De Burón
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 286,44 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3437,30 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Burón
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 286,44 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 3437,30 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Porfirio Diez Casado?
Porfirio Diez Casado percibe un sueldo bruto anual de 3437 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Burón en Ayuntamiento De Burón. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Porfirio Diez Casado al mes?
Porfirio Diez Casado percibe 286 € brutos al mes, equivalentes a 3437 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Porfirio Diez Casado?
El sueldo bruto anual de Porfirio Diez Casado (3437 €) equivale a 0,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Porfirio Diez Casado?
Porfirio Diez Casado está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Porfirio Diez Casado?
Porfirio Diez Casado ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Burón en Ayuntamiento De Burón (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .