Cargo histórico

Rafael Eduardo Gonzalez Molina

Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid · Partido Popular

Sueldo bruto anual0 €

No consta una retribución pública para el cargo actual de Rafael Eduardo Gonzalez Molina. Puede tratarse de un cargo sin dedicación exclusiva, ad honorem o sin dato salarial publicado en las fuentes oficiales consultadas.

Cargo
Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid
Institución
Ayuntamiento de Algimia de Almonacid
Partido
Partido Popular
Comunidad
Comunidad Valenciana
Municipio
Algimia De Almonacid

Biografía

Rafael Eduardo Gonzalez Molina ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid en representación de PP. Ostenta el cargo sin retribución pública (cargo ad honorem). A lo largo de su trayectoria ha ocupado 2 cargos públicos previos, entre ellos el de Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid desde 2020 en representación de PP.

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Sueldo y retribuciones de Rafael Eduardo Gonzalez Molina

Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid

PPDesde 2020
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid

PPDesde 2020
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid

PP2019–2020
Salario bruto mensual0,00 €
Salario bruto anual0,00 €

Sin dedicación

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Preguntas frecuentes

¿De qué partido es Rafael Eduardo Gonzalez Molina?

Rafael Eduardo Gonzalez Molina está afiliado o vinculado a Partido Popular.

¿Qué cargo ocupó Rafael Eduardo Gonzalez Molina?

Rafael Eduardo Gonzalez Molina ocupó el cargo de Alcalde del Ayuntamiento de Algimia de Almonacid en Ayuntamiento de Algimia de Almonacid (Comunidad Valenciana).

Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Datos cargados y normalizados de forma automática; el criterio editorial y las comprobaciones están descritos en la metodología.Última actualización del registro: .