Rafael Sanjuan Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Agres · Independiente
Cuánto gana Rafael Sanjuan Fernández: percibe 679 € brutos al año (57 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de agres en Ayuntamiento De Agres.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Agres
- Institución
- Ayuntamiento De Agres
- Partido
- Independiente
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Agres
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.701 € menos al año que la media de alcaldes (3 %).
Sueldo y retribuciones de Rafael Sanjuan Fernández
Alcalde Del Ayuntamiento De Agres
N.ADS.2021–2023| Salario bruto mensual | 56,62 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 679,46 € |
Dedicación Parcial
Alcalde Del Ayuntamiento De Agres
N.ADS.2021–2023| Salario bruto mensual | 56,62 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 679,46 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Rafael Sanjuan Fernández?
Rafael Sanjuan Fernández percibe un sueldo bruto anual de 679 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Agres en Ayuntamiento De Agres. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Rafael Sanjuan Fernández al mes?
Rafael Sanjuan Fernández percibe 57 € brutos al mes, equivalentes a 679 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Rafael Sanjuan Fernández?
El sueldo bruto anual de Rafael Sanjuan Fernández (679 €) equivale a 0,0 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Rafael Sanjuan Fernández?
Rafael Sanjuan Fernández está afiliado o vinculado a Independiente.
¿Qué cargo tiene actualmente Rafael Sanjuan Fernández?
Rafael Sanjuan Fernández ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Agres en Ayuntamiento De Agres (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .