Ramón Fernández García
Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza · PSOE
Cuánto gana Ramón Fernández García: percibe 868 € brutos al año (62 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de proaza en Ayuntamiento De Proaza.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza
- Institución
- Ayuntamiento De Proaza
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Asturias
- Municipio
- Proaza
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 22.512 € menos al año que la media de alcaldes (4 %).
Sueldo y retribuciones de Ramón Fernández García
Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 62,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 868,00 € |
| Dietas | 868,00 € |
Sin dedicación
Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza
PSOEInactivo| Salario bruto mensual | 62,00 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 868,00 € |
| Dietas | 868,00 € |
Sin dedicación
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¿Cuánto gana Ramón Fernández García?
Ramón Fernández García percibe un sueldo bruto anual de 868 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza en Ayuntamiento De Proaza. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ramón Fernández García al mes?
Ramón Fernández García percibe 62 € brutos al mes, equivalentes a 868 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ramón Fernández García?
El sueldo bruto anual de Ramón Fernández García (868 €) equivale a 0,1 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ramón Fernández García?
Ramón Fernández García está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ramón Fernández García?
Ramón Fernández García ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Proaza en Ayuntamiento De Proaza (Asturias).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .