Ramón García Rodríguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín · PSOE
Cuánto gana Ramón García Rodríguez: percibe 47.273 € brutos al año (3939 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de hellín en Ayuntamiento De Hellín.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín
- Institución
- Ayuntamiento De Hellín
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla-La Mancha
- Municipio
- Hellín
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 23.893 € más al año que la media de alcaldes (202 %).
Sueldo y retribuciones de Ramón García Rodríguez
Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3939,44 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.273,24 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 3939,44 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 47.273,24 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ramón García Rodríguez?
Ramón García Rodríguez percibe un sueldo bruto anual de 47.273 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín en Ayuntamiento De Hellín. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ramón García Rodríguez al mes?
Ramón García Rodríguez percibe 3939 € brutos al mes, equivalentes a 47.273 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ramón García Rodríguez?
El sueldo bruto anual de Ramón García Rodríguez (47.273 €) equivale a 2,8 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ramón García Rodríguez?
Ramón García Rodríguez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ramón García Rodríguez?
Ramón García Rodríguez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Hellín en Ayuntamiento De Hellín (Castilla-La Mancha).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .