Ramon Lopez Blazquez
Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda · PSOE
Cuánto gana Ramon Lopez Blazquez: percibe 25.900 € brutos al año (2158 € al mes) en 2026 como alcalde del ayuntamiento de sepúlveda en Ayuntamiento De Sepúlveda.
- Cargo
- Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda
- Institución
- Ayuntamiento De Sepúlveda
- Partido
- PSOE
- Comunidad
- Castilla y León
- Municipio
- Sepúlveda
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 2520 € más al año que la media de alcaldes (111 %).
Sueldo y retribuciones de Ramon Lopez Blazquez
Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2158,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.900,00 € |
Dedicación Exclusiva
Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda
PSOE2019–2023| Salario bruto mensual | 2158,33 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 25.900,00 € |
Dedicación Exclusiva
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¿Cuánto gana Ramon Lopez Blazquez?
Ramon Lopez Blazquez percibe un sueldo bruto anual de 25.900 € en 2026 como Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda en Ayuntamiento De Sepúlveda. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Ramon Lopez Blazquez al mes?
Ramon Lopez Blazquez percibe 2158 € brutos al mes, equivalentes a 25.900 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Ramon Lopez Blazquez?
El sueldo bruto anual de Ramon Lopez Blazquez (25.900 €) equivale a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Ramon Lopez Blazquez?
Ramon Lopez Blazquez está afiliado o vinculado a PSOE.
¿Qué cargo tiene actualmente Ramon Lopez Blazquez?
Ramon Lopez Blazquez ocupa actualmente el cargo de Alcalde Del Ayuntamiento De Sepúlveda en Ayuntamiento De Sepúlveda (Castilla y León).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .