Raquel Sancho Reig
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent · Partido Popular
Cuánto gana Raquel Sancho Reig: percibe 12.158 € brutos al año (1013 € al mes) en 2026 como alcaldesa del ayuntamiento de sellent en Ayuntamiento De Sellent.
- Cargo
- Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent
- Institución
- Ayuntamiento De Sellent
- Partido
- Partido Popular
- Comunidad
- Comunidad Valenciana
- Municipio
- Sellent
¿Quieres el contexto? Cuánto cobran los alcaldes en España: cómo se compone el sueldo y comparativa con la media.
Cobra 11.222 € menos al año que la media de alcaldes (52 %).
Sueldo y retribuciones de Raquel Sancho Reig
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1013,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.158,04 € |
Dedicación Parcial
Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent
PP2019–2023| Salario bruto mensual | 1013,17 € |
|---|---|
| Salario bruto anual | 12.158,04 € |
Dedicación Parcial
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¿Cuánto gana Raquel Sancho Reig?
Raquel Sancho Reig percibe un sueldo bruto anual de 12.158 € en 2026 como Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent en Ayuntamiento De Sellent. La cifra es bruta antes de IRPF y cotizaciones, según el régimen económico vigente del cargo.
¿Cuánto cobra Raquel Sancho Reig al mes?
Raquel Sancho Reig percibe 1013 € brutos al mes, equivalentes a 12.158 € brutos anuales en 2026.
¿A cuántos Salarios Mínimos equivale el sueldo de Raquel Sancho Reig?
El sueldo bruto anual de Raquel Sancho Reig (12.158 €) equivale a 0,7 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2026 (17.094 € brutos anuales, fijado por RD 126/2026).
¿De qué partido es Raquel Sancho Reig?
Raquel Sancho Reig está afiliado o vinculado a Partido Popular.
¿Qué cargo tiene actualmente Raquel Sancho Reig?
Raquel Sancho Reig ocupa actualmente el cargo de Alcaldesa Del Ayuntamiento De Sellent en Ayuntamiento De Sellent (Comunidad Valenciana).
Información extraída de fuentes oficiales: Registro de Altos Cargos, Boletín Oficial del Estado y portales de transparencia de las administraciones públicas españolas. Consulta la metodología completa. Las retribuciones de los cargos electos locales las aprueba el pleno del ayuntamiento, dentro de los límites máximos que fija el artículo 75 bis de la Ley de Bases del Régimen Local y la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Ficha revisada por el autor.Última actualización del registro: .